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Contrato por obra determinada: el que casi nadie hace bien

Es el contrato de las constructoras, los talleres y las instalaciones. Y es el que más se cae en juicio — no por la firma, sino porque la obra está mal descrita y entonces nadie puede probar cuándo debía terminar.

Ver qué lo sostiene

La regla

No se elige por conveniencia: lo exige la naturaleza del trabajo

El artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo dice que las relaciones de trabajo son por obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado — y que a falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.

El artículo 36 permite el señalamiento de una obra determinada únicamente cuando lo exija su naturaleza. Ésa es la puerta: existe una obra con principio y fin identificables. Si el puesto es permanente y sólo se le puso etiqueta de temporal, la etiqueta no aguanta.

Dónde se cae: una descripción como «trabajos de albañilería en la obra del cliente» no describe nada. Sin metros, ubicación, etapa y alcance, no hay manera de probar que la obra concluyó — y una terminación que no se puede probar se vuelve despido.

La lista

Lo que sostiene un contrato por obra determinada

La prueba de fuego: si un tercero lee su contrato dentro de dos años, ¿puede decir con certeza en qué día terminó la obra? Si la respuesta es no, el contrato no lo protege.

Preguntas

Lo que más nos preguntan

¿Cuándo puedo usar un contrato por obra determinada?
Cuando lo exija la naturaleza del trabajo (artículo 36 LFT). El caso típico es la construcción, el montaje y la instalación: hay una obra con principio y fin identificables. No sirve para disfrazar de temporal un puesto que en realidad es permanente.
¿Cómo termina un contrato por obra determinada?
Termina cuando concluye la obra o la parte de la obra que se describió (artículo 53, fracción III). Por eso la descripción es todo: si dice «trabajos de albañilería» sin más, no hay forma de probar cuándo terminó. Y conviene levantar un acta de terminación.
¿Le tengo que pagar indemnización al terminar la obra?
Si la obra realmente concluyó y así estaba descrita, la terminación es por causa legal y no genera indemnización; sí se pagan las prestaciones proporcionales y la prima de antigüedad cuando corresponda (artículo 162). El riesgo aparece cuando la obra no estaba bien descrita.
¿Puedo recontratar al mismo trabajador en otra obra?
Sí, pero con cuidado: contratos sucesivos por obra para el mismo trabajador, sin obras distintas y verificables, revelan una relación indeterminada — y la antigüedad se suma.

Su obra, con el contrato que sí la describe

Le entregamos el contrato por obra con la descripción verificable, el anexo de causa objetiva y el acta de terminación lista para el día que concluya.

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